Mi comunidad no tiene seguro

Uno de los casos más frecuentes que nos encontramos en la administración de fincas es el de comunidades que no tienen un seguro contratado. Muchas veces es por dejadez y otras tantas por evitar el coste del mismo, pero lo cierto es que rara vez nos encontramos con comunidades que conocen las obligaciones y consecuencias de tenerlo contratado. A continuación damos respuesta a algunas de las cuestiones más importantes que nos plantean nuestros lectores.

¿Es obligatorio que las comunidades de propietarios tengan un seguro contratado?

La respuesta es rotunda, NO. En la Ley de Propiedad Horizontal no se refleja ninguna obligación a este respecto y salvo que en el Título Constitutivo o en los Estatutos de la comunidad figure lo contrario, no existe ninguna obligación.

La excepción la ocasionan las Comunidades Autónomas de Madrid y Valencia, en las cuales es obligatorio tener un seguro multirriesgo, de incendio y de responsabilidad civil.

Si no es obligatorio, ¿tengo que pagar si se acuerda su contratación en la Junta de Propietarios?

Por supuesto que SÍ. Las decisiones aprobadas en Junta de Propietarios son vinculantes para todos los propietarios sin excepción. Además, para acordar la contratación de un seguro para la comunidad basta con el voto favorable de una mayoría simple.

¿Por qué es recomendable contar con un seguro?

SeguroPor seguridad y por economía. Un seguro nos proporciona la tranquilidad y seguridad de saber que todos aquellos incidentes que puedan surgir en el edificio están asegurados. Daños a terceros, incendios, robos, vandalismo, roturas, etc. Económicamente es una inversión que apenas afecta al bolsillo de cada propietario y que, sin embargo, ofrece la posibilidad de ahorrar cuantiosas sumas de dinero ante posibles reparaciones.

Piensen como ejemplo en una tubería comunitaria que se agrieta a la altura del segundo piso y que provoca humedades en varias viviendas además de en el local comercial del bajo que se ve obligado a cerrar varios días para volver a adecentar sus instalaciones. De no existir un seguro, todos los propietarios tendrían que responder solidariamente con el gasto de las reparaciones y con la indemnización al propietario del local por el perjuicio ocasionado. Este incidente provocaría una derrama cuyo coste sería infinitamente superior a cualquier póliza de seguro.

¿Qué tipo de seguro necesita mi comunidad?

Hoy en día, las pólizas de seguro tienen una gran variedad de coberturas que pueden incluirse o excluirse según convenga en cada caso. Estudiar bien las características de cada edificio nos permite ajustar las condiciones necesarias tanto en tipos de cobertura como en la cuantía asegurada, a fin de lograr un precio justo.

Los principales datos requeridos para el cálculo de una póliza son los siguientes, año de construcción, superficie construida, rehabilitaciones, número de viviendas, de locales y garajes, plantas de altura y el contenido en euros. Éste último hace referencia a la cantidad en la que se estima que están valorados los elementos que podemos encontrar en las zonas comunes del edificio (espejos, cuadros, plantas ornamentales, etc.)

No olviden que uno de los aspectos más importantes de un seguro es la responsabilidad civil, que es la parte del seguro que se encarga de cubrir los costes ante un daño causado a un tercero.

Comunadis cuenta con un equipo profesional y altamente cualificado que estudia cada comunidad y les ofrece el seguro más apropiado para cada caso. Además, gracias a su Portal Online, todos los propietarios pueden acceder y descargarse la póliza de su comunidad con un solo clic.

Contar con un seguro en su comunidad no es una obligación, es una responsabilidad.